Hoy tuve una discusión con una radical, demócrata, republicana, hasta garantista diría yo. En fin, con una tilinga.
- Ay, qué horror!! Se promulgó la ley de extracción compulsiva de sangre!! Dónde quedó la privacidad, el derecho a la intimidad!!
La mentada republicana parecía realmente compungida por los derechos fundamentales de los ciudadanos.
(Se trata de la incorporación del artículo 218 bis del Código Procesal Penal de la Nación)
Como tenemos confianza y yo soy medio jodido, pensando en las Ernestina Herrera de Noble y los muchos apropiadores que andan dando vueltas por allí le mandé: - Pero que se caguen!! Además, no necesariamente les van a sacar sangre, pueden usar pelos que se le cayeron, no los fuerzan.
En el colmo de la tilinguería me dice: ¿y si los chicos no quieren sacarse sangre ni saber su identidad? Me repetía: ¿Dónde queda el derecho a la privacidad?
Quedaba claro que hablábamos de los bebes apropiados durante la dictadura (la norma no es específica al respecto). Ahí me empecé a brotar. En primer lugar porque esos "chicos" ya pasan los 30, son adultos, pero además porque pienso en esos hijos de puta que andan sueltos, negándoles la identidad y la posibilidad de que las familias se vuelvan a reunir, las abuelas con sus nietos, los tíos con sus sobrinos, etc. Por otro lado, es un delito de ejecución continuada.
Entonces le trato de explicar que no es tan grave, que no sólo está en juego el derecho a la intimidad sino también el derecho de los familiares a encontrar a los suyos, de las abuelas a encontrar a sus nietos.
Ante ese argumento, decidió dar por terminada la discusión con un: Que se caguen por montoneras de mierda!!
Tenemos confianza y por eso le pude decir que así de soretes suelen ser los republicanos, que cuando les conviene hablan de derechos y cuando no que se caguen por montoneros. Tarde o temprano, muestran la hilacha.
5 comentarios:
Yo sabía que no tenía que borrarlo del Google Reader, que en algún momento iba a aparecer.
Tengo entendido que la ley no habla de extracción compulsiva de sangre, algo a lo que, si no me equivoco, la corte se opuso ¿estoy en lo correcto?
Respecto de la tilinguería radical, ahora queda claro que todo ese tiempo que el progresismo blanco hablaba de derechos humanos, estaba solamente haciendo proselitismo. A la hora de los bifes, votan con el Pro. Y no me diga que desnudar esa hipocresía no es una virtud, acepto que la única si quiere, que se le puede reconocer al Kirchnerismo.
ARTICULO 1º — Incorpórase el artículo 218 bis al Código Procesal Penal de la Nación, que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 218 bis: Obtención de ácido desoxirribonucleico (ADN).
El juez podrá ordenar la obtención de ácido desoxirribonucleico (ADN), del imputado o de otra persona, cuando ello fuere necesario para su identificación o para la constatación de circunstancias de importancia para la investigación. La medida deberá ser dictada por auto fundado donde se expresen, bajo pena de nulidad, los motivos que justifiquen su necesidad, razonabilidad y proporcionalidad en el caso concreto.
Para tales fines, serán admisibles mínimas extracciones de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas, a efectuarse según las reglas del saber médico, cuando no fuere de temer perjuicio alguno para la integridad física de la persona sobre la que deba efectuarse la medida, según la experiencia común y la opinión del experto a cargo de la intervención.
La misma será practicada del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor, teniendo especialmente en consideración su género y otras circunstancias particulares.
El uso de las facultades coercitivas sobre el afectado por la medida en ningún caso podrá exceder el estrictamente necesario para su realización.
Si el juez lo estimare conveniente, y siempre que sea posible alcanzar igual certeza con el resultado de la medida, podrá ordenar la obtención de ácido desoxirribonucleico (ADN) por medios distintos a la inspección corporal, como el secuestro de objetos que contengan células ya desprendidas del cuerpo, para lo cual podrán ordenarse medidas como el registro domiciliario o la requisa personal.
Asimismo, cuando en un delito de acción pública se deba obtener ácido desoxirribonucleico (ADN) de la presunta víctima del delito, la medida ordenada se practicará teniendo en cuenta tal condición, a fin de evitar su revictimización y resguardar los derechos específicos que tiene. A tal efecto, si la víctima se opusiera a la realización de las medidas indicadas en el segundo párrafo, el juez procederá del modo indicado en el cuarto párrafo.
En ningún caso regirán las prohibiciones del artículo 242 y la facultad de abstención del artículo 243.
A fuerza de ser sincero, no me gusta ese tipo de normas, dispuesta para la generalidad de los casos (porque es darle más poder represivo al estado burgués). Sin embargo, para los casos de delitos de lesa humanidad, y en el caso específico de la apropiación, sí. Tal como fue armado el banco de datos genéticos que sólo se puede usar para esos fines. Pero bueno, el punto es otro.
Incluso es anecdótico que sea radical. Porque ejemplos históricos de la perfidia de los radicales hay y bastantes más graves (como la semana trágica, los fusilamientos de la patagonia, la denuncia de la guerrilla fabril por Balbín, el Plan Conintes, Semana Santa / La Tablada, etc)
El punto es que cuando las papas queman toda la caterva centro izquierdista, progre, de los derechos humanos, se alía al estado burgués y clama represión. Siempre muestran la hilacha. Eso que me pasó fue un simple ejemplo.
A veces prefiero a un reaccionario de derecha, al menos sé que no me va a traicionar porque desde el vamos se presenta como enemigo.
Los progre no sólo son engañosos sino que al final traicionan.
El kirchnerismo puede desenmascarar a los Cobos o a los Carrió, pero también te manda la infantería a reprimir a aquéllos que desobedecen a los comandantes de la tropa (Moyano, Daer) mientras la embajada yanqui clama por protección a los intereses de los ciudadanos norteamericanos.
Saludos
Luk@s
Sí, hay que tener más cuidado con las "almas bellas". Porque los fachitos, al menos, son transparentes como el agua.
Una cosa es tenerle miedo a los pobres, los inmigrantes, los homosexuales, los piqueteros, etc etc etc.
Otra cosa -igualmente reaccionaria- es tenerle "miedo al miedo".
El miedo primitivo sólo produce reacción. El miedo secundario sólo sirve para esconder la reacción.
Saludos.
Ud. también habla con cada uno...
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